El impuesto de circulación (IVTM), explicado
El IVTM (el "numerito" municipal de cada año) se calcula por caballos fiscales sobre una tarifa estatal que cada ayuntamiento multiplica hasta por 2. Aquí tienes la fórmula real, las cuotas de 2026 en ciudades concretas, quién está exento y cómo arañar hasta un 75 % de bonificación.
Cuotas de ordenanza para turismos, sin bonificaciones. Si tu municipio no está en la lista, tu recibo estará entre el mínimo y el máximo mostrados. Cálculo completo en la calculadora de IVTM.
Cómo funciona el impuesto: tarifa estatal × coeficiente municipal
El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica está regulado en los artículos 92 a 99 del TRLRHL (Ley de Haciendas Locales) y funciona en dos pisos:
- La ley estatal fija cuotas mínimas por tipo de vehículo y tramo. En turismos, el tramo lo marcan los caballos fiscales; en camiones, la carga útil; en motos, la cilindrada.
- Cada ayuntamiento aplica un coeficiente sobre esa cuota, con tope legal de 2. Un municipio sin ordenanza propia cobra la tarifa mínima; una capital con presión fiscal alta puede llegar a duplicarla.
La consecuencia práctica: el mismo coche de 11 CVF puede pagar 34,08 € en un pueblo y 68,16 € en la ciudad de al lado. Como el impuesto se paga donde está domiciliado el vehículo, hay quien "empadrona" el coche en municipios baratos; ojo, porque usar un domicilio ficticio es sancionable y los ayuntamientos grandes lo persiguen.
Los caballos fiscales: la fórmula real
El CVF no mide potencia real, sino un valor administrativo definido en el anexo V del Reglamento General de Vehículos a partir de la geometría del motor:
CVF = T · N · (0,785 · D² · R)0,6
- T: 0,08 para motores de 4 tiempos y 0,11 para 2 tiempos.
- N: número de cilindros.
- D y R: diámetro del cilindro y recorrido del pistón, en centímetros.
En eléctricos, la potencia fiscal se obtiene dividiendo la potencia efectiva entre 5,152. Traducción práctica: un utilitario 1.2 ronda los 8-9 CVF, un compacto 1.6 los 10-11 y un 2.0 se va a 12-14. El dato exacto está en tu ficha técnica; no lo estimes si puedes evitarlo, porque cruzar de tramo cambia el recibo entero.
Cuotas base y ejemplos reales por ciudad
| Tramo (turismos) | Base estatal | Madrid | Barcelona | Máx. legal (×2) |
|---|---|---|---|---|
| Menos de 8 CV fiscales | 12,62 € | 20,00 € | 25,24 € | 25,24 € |
| De 8 hasta 11,99 CVF | 34,08 € | 59,00 € | 68,16 € | 68,16 € |
| De 12 hasta 15,99 CVF | 71,94 € | 129,00 € | 143,88 € | 143,88 € |
| De 16 hasta 19,99 CVF | 89,61 € | 179,00 € | 179,22 € | 179,22 € |
| 20 CVF o más | 112,00 € | 224,00 € | 224,00 € | 224,00 € |
Cuotas anuales de ordenanza para turismos sin bonificaciones (art. 95 TRLRHL y ordenanzas fiscales municipales vigentes).
Fíjate en el detalle de Madrid: su primer tramo (20,00 €) está por debajo del máximo legal, mientras Barcelona apura el coeficiente casi al tope en los tramos bajos. En el último tramo ambas cobran el máximo permitido de 224,00 €.
Exenciones: quién no paga (y cómo pedirlo)
- Personas con movilidad reducida o discapacidad ≥ 33 %: exención total para un solo vehículo por titular, destinado a su uso exclusivo (lo conduzca o no). Se solicita al ayuntamiento aportando el certificado de discapacidad; hasta que se concede, se paga.
- Tractores y maquinaria agrícola provistos de la Cartilla de Inspección Agrícola.
- Ambulancias y vehículos sanitarios de la Cruz Roja o similares.
- Autobuses urbanos adscritos al servicio de transporte público en régimen de concesión.
- Vehículos oficiales del Estado, comunidades y entidades locales afectos a defensa o seguridad, y los de representaciones diplomáticas.
Los vehículos históricos no están exentos por ley estatal, pero los ayuntamientos pueden bonificarlos hasta el 100 % cuando tienen esa catalogación o al menos 25 años de antigüedad. Si tu coche ronda esa edad, comprueba primero cuántos años tiene exactamente con la calculadora de antigüedad y revisa la ordenanza de tu municipio.
Bonificaciones: eléctricos hasta el 75 %
El artículo 95.6 del TRLRHL permite tres bonificaciones potestativas, y aquí está la mayor palanca de ahorro del impuesto:
- Hasta el 75 % según el tipo de carburante o motor: es la que las grandes ciudades aplican a eléctricos e híbridos. Madrid y Barcelona bonifican el 75 % a los eléctricos; los híbridos suelen recibir porcentajes menores y por tiempo limitado.
- Hasta el 100 % para vehículos históricos o con un mínimo de 25 años.
- Hasta el 75 % según la incidencia de la combustión en el medio ambiente, que algunos municipios usan para premiar etiquetas concretas: la relación entre distintivo y descuento la detallamos en la guía de la etiqueta ambiental.
Todas exigen solicitud y ninguna es automática ni obligatoria para el ayuntamiento: dos municipios vecinos pueden tratar al mismo eléctrico de forma opuesta.
Recibos, prorrateos y errores frecuentes
El impuesto se devenga el 1 de enero y el periodo de pago voluntario lo fija cada ayuntamiento (típicamente en primavera). Tres situaciones especiales:
- Estrenas coche: el año de la primera matriculación pagas solo los trimestres que queden, y este primer pago suele exigirse antes de matricular (lo verás en el proceso de matriculación de un coche nuevo).
- Baja definitiva o robo: prorrateo por trimestres naturales completos; se puede pedir devolución de los no consumidos.
- Venta: no hay prorrateo. Paga el año entero quien era titular el 1 de enero, y el recibo al día es requisito de facto para el cambio de titularidad: la DGT exige acreditar el pago del último recibo en la transferencia.
Y el error clásico: creer que el IVTM es la única carga fiscal del coche. Al comprarlo de segunda mano pagarás además el ITP (guía del ITP de vehículos usados), y las tasas de tráfico van aparte, recopiladas en la sección de tasas DGT.