Generador de contrato de compraventa

Rellena los datos y obtén al instante un contrato de compraventa de vehículo entre particulares con las cláusulas legales que de verdad importan: entrega de documentación, vehículo libre de cargas, gastos de transferencia y responsabilidad por multas hasta la entrega. Listo para imprimir en dos copias.

Datos del vendedor

Datos del comprador

Datos del vehículo y de la venta

Delimita la responsabilidad por multas

Rellena todos los campos para generar el contrato completo. Los que falten aparecerán como espacios en blanco para completar a mano.

Imprime dos copias, una por firmante. Desde el diálogo de impresión puedes "Guardar como PDF".

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO USADO ENTRE PARTICULARES

En , a .

REUNIDOS

De una parte, como PARTE VENDEDORA, D./D.ª , mayor de edad, con DNI/NIE y domicilio en .

De otra parte, como PARTE COMPRADORA, D./D.ª , mayor de edad, con DNI/NIE y domicilio en .

Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para otorgar el presente contrato de compraventa y, a tal efecto,

EXPONEN

Que la parte vendedora es propietaria del vehículo , con matrícula , número de bastidor y kilómetros, y que es su voluntad venderlo a la parte compradora, que lo acepta, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

  1. Objeto y precio. La parte vendedora vende y entrega en este acto el vehículo descrito a la parte compradora, que lo compra y recibe, por el precio de , cantidad que la parte vendedora declara recibida en este acto, sirviendo el presente documento como la más eficaz carta de pago.
  2. Entrega de documentación y llaves. La parte vendedora entrega en este acto el permiso de circulación, la tarjeta de inspección técnica del vehículo y las llaves, comprometiéndose a facilitar cuanta documentación adicional resulte necesaria para el cambio de titularidad.
  3. Cargas y gravámenes. La parte vendedora declara que, salvo pacto expreso en contrario que conste por escrito, el vehículo se encuentra libre de cargas, gravámenes, embargos, reservas de dominio y precintos, al corriente de pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y sin sanciones pendientes a la fecha de este contrato.
  4. Gastos de transferencia. Salvo pacto en contrario, todos los gastos derivados de la transmisión (tasa de la DGT por el cambio de titularidad e Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales) serán por cuenta de la parte compradora, que se obliga a solicitar el cambio de titularidad ante la Jefatura de Tráfico en el plazo de 30 días desde la fecha de este contrato.
  5. Responsabilidad por multas e impuestos. Las sanciones de tráfico, peajes e impuestos devengados hasta el día a las horas, momento de la entrega del vehículo, serán responsabilidad de la parte vendedora; los posteriores a dicho momento serán responsabilidad de la parte compradora.
  6. Estado del vehículo. La parte compradora declara conocer y aceptar el estado actual del vehículo, que ha podido examinar y probar, sin perjuicio de la responsabilidad de la parte vendedora por vicios o defectos ocultos en los términos previstos en los artículos 1484 y siguientes del Código Civil.
  7. Notificación de la venta. La parte vendedora podrá comunicar la transmisión a la Jefatura de Tráfico mediante la notificación de venta, a efectos de quedar desvinculada de las responsabilidades posteriores a la entrega.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente contrato por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

LA PARTE VENDEDORA
LA PARTE COMPRADORA

Por qué estas cláusulas y no otras

Un contrato de compraventa de coche no necesita diez páginas: necesita cubrir los cuatro puntos donde nacen casi todos los conflictos entre particulares. Este generador los incluye de serie:

  • Entrega de documentación: sin permiso de circulación y ficha técnica el comprador no puede matricular el cambio. Dejar constancia escrita de la entrega evita el clásico "te lo mando la semana que viene".
  • Libre de cargas salvo pacto: la declaración del vendedor de que no hay embargos ni reservas de dominio le hace responsable si aparece una carga oculta. Aun así, el comprador prudente lo verifica antes con un informe de vehículo de la DGT.
  • Gastos de transferencia a cargo del comprador salvo pacto: es la regla habitual del mercado. La cláusula obliga además al comprador a hacer el cambio de nombre en 30 días, lo que protege al vendedor.
  • Multas hasta la fecha y hora de entrega: la hora exacta es la línea que separa las responsabilidades. Un radar a las 12:00 del día de la venta se atribuye sin discusión gracias a este dato.

Qué hacer después de firmar

  1. El comprador liquida el ITP con el modelo 620/621 en su comunidad (30 días hábiles) y solicita el cambio de titularidad en la DGT pagando la tasa de 55,70 €. Puedes ver el coste completo del trámite en la calculadora de coste de transferencia.
  2. El vendedor presenta la notificación de venta en la DGT si no confía plenamente en que el comprador tramite el cambio: desde entonces las multas e impuestos dejan de apuntarle.
  3. Ambos conservan su ejemplar original firmado durante al menos cuatro años, el plazo general de prescripción fiscal del impuesto.

Consejos antes de firmar

Verifica el DNI de la otra parte contra el documento físico, comprueba que el número de bastidor del contrato coincide con el grabado en el vehículo y con la ficha técnica, y anota los kilómetros reales del cuadro en el momento de la entrega. Si el precio se paga por transferencia bancaria, indícalo en el concepto ("compraventa vehículo matrícula…"). Y recuerda que el impuesto se calculará como mínimo sobre el valor venal oficial del coche, no sobre el precio escrito: puedes comprobarlo en la calculadora de ITP antes de cerrar el trato. Tienes la guía completa del documento en la sección de contrato de compraventa.

Preguntas frecuentes

¿Es válido un contrato de compraventa hecho en casa?
Sí. La compraventa entre particulares es un contrato privado: basta con que recoja la identidad de las partes, la descripción del vehículo, el precio, la fecha y las firmas. No necesita notario. Este generador incluye además las cláusulas que evitan los conflictos más habituales (cargas, multas, gastos de transferencia).
¿Cuántas copias del contrato hay que firmar?
Al menos dos ejemplares originales, uno para cada parte, firmados en todas sus hojas. El comprador necesitará el suyo para liquidar el ITP y solicitar el cambio de titularidad en la DGT; el vendedor, para notificar la venta y desligarse del vehículo.
¿Por qué es importante poner la hora de la venta?
Porque delimita la responsabilidad al minuto: las multas, peajes o accidentes anteriores a la fecha y hora de entrega son del vendedor, y los posteriores, del comprador. Ante una multa de radar del mismo día de la venta, la hora escrita resuelve la duda.
¿Quién paga los gastos de la transferencia?
Salvo pacto en contrario, el comprador: la tasa DGT de 55,70 € y el ITP de su comunidad autónoma. Así lo recoge la cláusula cuarta del contrato generado. Las partes pueden pactar otra cosa, pero conviene dejarlo por escrito.
¿Qué documentación debe entregar el vendedor?
El permiso de circulación, la tarjeta de inspección técnica (ficha técnica) con la ITV en vigor si procede, y las llaves. Es muy recomendable entregar también el justificante del último IVTM pagado y, si el comprador lo pide, un informe de la DGT que acredite que no hay cargas.
¿Sirve este contrato para liquidar el ITP y hacer el cambio de nombre?
Sí. Con el contrato firmado, el comprador presenta el modelo 620/621 en la hacienda de su comunidad dentro de los 30 días hábiles y después solicita la transferencia en la DGT en un plazo de 30 días. Ambos trámites exigen el contrato como justificante de la operación.