Calculadora del impuesto de circulación (IVTM)

Calcula cuánto pagarás de impuesto de circulación (IVTM) en 2026: introduce los caballos fiscales de tu coche, elige municipio y obtén la cuota anual, comparada con el mínimo estatal y el máximo que permite la ley.

Figura en la ficha técnica (casilla P.2.1 / potencia fiscal)
Si tu municipio no está, elige mínimo o máximo para acotar tu recibo
Cuota anual de IVTM (turismo)
Tramo aplicado
Cuota mínima estatal (art. 95 TRLRHL)
Máximo legal (coeficiente ×2)

Cuotas de turismos. Cada ayuntamiento fija su coeficiente dentro del límite legal y puede aplicar bonificaciones (eléctricos, históricos, domiciliación): comprueba el importe exacto en la ordenanza fiscal de tu municipio.

Introduce los caballos fiscales para ver la cuota.

Cómo se calcula el impuesto de circulación

El IVTM tiene un funcionamiento sencillo pero con dos capas. La primera la pone el Estado: el artículo 95 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) fija una tarifa mínima por tramos de caballos fiscales, igual para toda España. La segunda la pone tu ayuntamiento: cada municipio puede multiplicar esas cuotas por un coeficiente de hasta 2. Por eso el mismo coche puede pagar 34,08 € en un pueblo pequeño que no ha tocado la tarifa y 68,16 € en Barcelona, que aplica el máximo en casi todos los tramos.

La clave del cálculo son los caballos fiscales (CVF), una unidad administrativa que se obtiene de la cilindrada y el número de cilindros del motor, no de su potencia real. Un utilitario ronda los 8-11 CVF, un compacto o berlina media los 11-15, y a partir de 16 CVF hablamos ya de motores grandes. El dato exacto está en la ficha técnica del vehículo.

Tarifa estatal mínima para turismos (2026)

Potencia fiscalCuota mínima estatalMáximo legal (×2)
Menos de 8 CV fiscales 12,62 € 25,24 €
De 8 hasta 11,99 CVF 34,08 € 68,16 €
De 12 hasta 15,99 CVF 71,94 € 143,88 €
De 16 hasta 19,99 CVF 89,61 € 179,22 €
20 CVF o más 112,00 € 224,00 €

Comparativa real: Madrid, Barcelona y los extremos legales

Estas son las cuotas reales que pagan los turismos en las dos mayores ciudades, junto al suelo y el techo que marca la ley:

Municipio Menos de 8 CV fiscalesDe 8 hasta 11,99 CVFDe 12 hasta 15,99 CVFDe 16 hasta 19,99 CVF20 CVF o más
Madrid 20,00 €59,00 €129,00 €179,00 €224,00 €
Barcelona 25,24 €68,16 €143,88 €179,22 €224,00 €
Coef. máximo legal (×2) 25,24 €68,16 €143,88 €179,22 €224,00 €
Mínimo estatal (×1) 12,62 €34,08 €71,94 €89,61 €112,00 €

Cuotas anuales de turismos según las ordenanzas fiscales municipales vigentes. Verifica el importe en la web de tu ayuntamiento antes de reclamar o presupuestar.

Cuándo y cómo se paga

  • Quién: el titular del vehículo a 1 de enero, aunque lo venda el 2 de enero. Por eso conviene cerrar la transferencia antes de fin de año si vendes.
  • Dónde: en el ayuntamiento del domicilio que figura en el permiso de circulación, no donde vivas de hecho.
  • Cuándo: cada ayuntamiento fija su periodo voluntario (muchos entre marzo y junio). Domiciliarlo evita recargos y suele tener bonificación.
  • Bajas: con una baja definitiva o temporal puedes recuperar los trimestres completos no consumidos. Mira los pasos en nuestra guía del coste de baja del vehículo.

IVTM, IEDMT e ITP: no los confundas

El coche paga tres impuestos distintos en momentos distintos. El impuesto de matriculación (IEDMT) se paga una sola vez al estrenar o importar el vehículo, según sus emisiones de CO₂. El ITP se paga al comprarlo usado a un particular. Y el IVTM es el único recurrente: cada año, mientras el vehículo esté dado de alta. Tienes el detalle completo del tributo municipal en la sección de impuesto de circulación.

Trucos legales para pagar menos

No puedes elegir el tramo (lo fija el motor), pero sí hay margen: comprobar si tu ayuntamiento bonifica los vehículos eléctricos o híbridos (hasta el 75 % en muchas grandes ciudades), solicitar la bonificación de vehículo histórico si tiene la catalogación, domiciliar el recibo y, si el coche ya no circula, tramitar la baja temporal para dejar de devengar el impuesto. Cambiar el domicilio fiscal del vehículo solo para pagar menos, en cambio, puede considerarse fraude si no se corresponde con un domicilio real.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el IVTM o impuesto de circulación?
El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica es un tributo municipal que paga cada año el titular de todo vehículo apto para circular. Lo regula el art. 95 del TRLRHL: el Estado fija una cuota mínima por caballos fiscales y cada ayuntamiento puede multiplicarla por un coeficiente de hasta 2.
¿Quién paga el IVTM y cuándo?
Lo paga quien figure como titular del vehículo en la DGT el 1 de enero, al ayuntamiento del municipio que conste en el permiso de circulación. El periodo de pago voluntario lo fija cada ayuntamiento (habitualmente en primavera); si lo domicilias, muchos aplican una pequeña bonificación.
¿Por qué pago distinto que un amigo con el mismo coche?
Porque el impuesto es municipal. La cuota estatal mínima para un turismo de 8 a 11,99 CV fiscales es de 34,08 €, pero cada ayuntamiento aplica su coeficiente: en Madrid ese mismo coche paga 59,00 € y en Barcelona 68,16 €. Empadronar el vehículo en un municipio u otro puede duplicar el recibo.
¿Qué vehículos están exentos del IVTM?
Entre otros: los vehículos oficiales, ambulancias, los de personas con movilidad reducida o discapacidad igual o superior al 33 % (para su uso exclusivo, previa solicitud) y los tractores con cartilla agrícola. Además, muchos ayuntamientos bonifican hasta el 100 % los vehículos históricos y hasta el 75 % los eléctricos, pero eso depende de cada ordenanza.
¿Se devuelve el IVTM si doy de baja el coche?
Sí, prorrateado por trimestres: si tramitas la baja definitiva en el desguace (CAT) o una baja temporal, puedes pedir al ayuntamiento la devolución de los trimestres naturales completos que falten del año. En una venta no hay prorrateo: paga el año entero quien era titular el 1 de enero.
¿Dónde miro los caballos fiscales de mi coche?
En la ficha técnica (tarjeta ITV), en el apartado de potencia fiscal (casilla P.2.1 en las fichas nuevas). No confundas los caballos fiscales (CVF), que salen de una fórmula sobre la cilindrada, con los caballos de potencia (CV o kW).