Herencia de coche: guía completa

Heredar un coche implica dos plazos que no conviene mezclar: 6 meses para el impuesto de sucesiones desde el fallecimiento y 90 días para el cambio de titularidad en la DGT desde la adjudicación. Calcula tus fechas límite y sigue el checklist completo.

Marca el plazo del impuesto de sucesiones
Escritura o documento privado de partición
Fecha límite del impuesto de sucesiones (6 meses)
Último día para pedir prórroga de otros 6 meses
Fecha límite del cambio de titularidad en DGT (90 días desde la adjudicación)
Tasa DGT del cambio de titularidad (tasa 1.5)55,70 €

Cuando tengáis firmada la adjudicación, añade su fecha arriba y verás también el plazo de la DGT.

Checklist del trámite (/ completados)

Documentación necesaria para heredar un coche

Antes de pisar la DGT necesitas cerrar la parte civil y fiscal de la herencia. Esta es la carpeta completa:

  • Certificado de defunción (Registro Civil, gratuito).
  • Certificado de últimas voluntades, que dice si hay testamento y ante qué notario.
  • Testamento (copia autorizada) o, si no lo hay, declaración de herederos abintestato ante notario.
  • Documento de adjudicación: escritura de partición o cuaderno particional privado firmado por todos los herederos, donde conste a quién se adjudica el vehículo.
  • Justificante del impuesto de sucesiones (modelo 650 o el propio de tu comunidad), presentado aunque la cuota salga cero por bonificaciones.
  • Documentación del coche: permiso de circulación, ficha técnica y, para circular, ITV en vigor; comprueba cuándo le toca en la calculadora de ITV o en la guía de próxima ITV.

El impuesto de sucesiones: 6 meses y valoración honesta

El plazo general es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6 si lo pides dentro de los 5 primeros (con intereses). El coche se declara dentro de la masa hereditaria por su valor real: la referencia práctica que aceptan las administraciones es el valor venal oficial, es decir, el precio del modelo nuevo según tablas de Hacienda multiplicado por el porcentaje de depreciación por antigüedad. Puedes obtenerlo en un minuto con el tasador de coches.

La cuota final depende de tu comunidad y del parentesco: entre cónyuges, hijos y padres las bonificaciones autonómicas suelen dejar la factura en poco o nada, pero la autoliquidación hay que presentarla igualmente. Sin ese justificante, la DGT no tramitará el cambio de nombre.

El cambio de titularidad en la DGT: 90 días

Una vez adjudicada la herencia, el heredero tiene 90 días para solicitar el cambio de titularidad. Es, a efectos prácticos, una transferencia con documentación distinta:

  1. Pide cita en Tráfico o inicia el trámite en la sede electrónica (sede.dgt.gob.es).
  2. Abona la tasa 1.5 de 55,70 € (la misma que en una compraventa).
  3. Aporta: solicitud firmada, tu DNI, permiso de circulación y ficha técnica del vehículo, documento de adjudicación de la herencia y justificante del impuesto de sucesiones.
  4. Recibirás el permiso de circulación a tu nombre; la matrícula no cambia nunca por herencia.

Un matiz útil: si la herencia va para largo, existe la posibilidad de anotar una transferencia provisional a favor de la comunidad de herederos, pero en la mayoría de los casos lo sensato es cerrar la partición y hacer el cambio definitivo de una vez.

¿Y si el coche no interesa? Venta o baja

Si el vehículo heredado es viejo o nadie lo quiere, hay dos salidas. La primera es venderlo: ojo, el comprador no puede adquirirlo directamente "del fallecido"; primero debe inscribirse a nombre del heredero y después transferirse, con lo que habrá dos trámites. La segunda es la baja definitiva en un centro autorizado de tratamiento (desguace), que es gratuita y elimina de un plumazo seguro, IVTM e ITV futuras.

Antes de decidir, calcula qué vale de verdad: entre el valor venal y los costes de los trámites, a veces la baja es la opción más racional para un coche de más de 15 años.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para pagar el impuesto de sucesiones por el coche?
Seis meses desde el fallecimiento, para toda la herencia (el coche incluido). Puedes pedir una prórroga de otros seis meses si la solicitas dentro de los cinco primeros, aunque devenga intereses de demora. El impuesto se presenta en la comunidad autónoma donde residía el fallecido.
¿Y para cambiar el coche de nombre en la DGT?
La DGT da 90 días desde la adjudicación de la herencia para solicitar el cambio de titularidad. El trámite es como una transferencia normal: tasa 1.5 de 55,70 € más la documentación que acredita que eres el heredero adjudicatario.
¿Puedo conducir el coche heredado antes de ponerlo a mi nombre?
Mientras la herencia no esté adjudicada, el vehículo pertenece a la comunidad hereditaria y debe seguir asegurado; lo prudente es limitar su uso y comunicarlo a la aseguradora. Una vez adjudicado, haz el cambio de titularidad cuanto antes: circular con el permiso a nombre del fallecido acaba dando problemas con multas, seguro e ITV.
¿Qué pasa si somos varios herederos?
El cuaderno particional o documento de adjudicación debe indicar a quién se adjudica el vehículo. Solo ese adjudicatario puede ponerlo a su nombre. Si se adjudica a varios en proindiviso, todos figuran como cotitulares, algo poco práctico: suele ser mejor adjudicarlo a uno y compensar al resto.
¿Y si nadie quiere el coche heredado?
Podéis venderlo (primero hay que adjudicarlo e inscribirlo a nombre de un heredero, que luego lo transfiere al comprador) o darlo de baja definitiva en un desguace autorizado (CAT), que es un trámite gratuito: la tasa de baja definitiva es de 0,00 €.
¿Se paga mucho impuesto de sucesiones por heredar un coche?
Depende de la comunidad y del parentesco: entre padres, hijos y cónyuges la mayoría de comunidades aplican reducciones y bonificaciones muy amplias, y un coche usado de valor venal moderado rara vez genera cuota relevante. Aun así, hay que declararlo dentro de la masa hereditaria: usa el valor venal oficial como referencia de valoración.